¿Se puede arreglar mi situación en España si tengo el asilo en trámite?

Desde el 20 de mayo de 2025, con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, se han introducido cambios importantes que afectan directamente a miles de personas extranjeras en España, especialmente en lo relativo a la autorización de residencia por arraigo laboral.

¿Qué pasaba antes?

Hasta la reforma, era habitual que muchas personas extranjeras, ante la imposibilidad de obtener otro tipo de permiso, solicitaran protección internacional (asilo). Aunque muchas de estas solicitudes no prosperaban, el tiempo que permanecían en trámite permitía al solicitante ir acreditando su integración en el país: trabajar, formarse, cotizar e incluso reunir los requisitos para solicitar un arraigo laboral una vez pasados al menos dos años.

¿Qué ha cambiado con la nueva normativa?

Con la nueva redacción del artículo 124.1 del Reglamento de Extranjería, se establece de forma expresa lo siguiente:

“No podrán acceder a la autorización por circunstancias excepcionales quienes se encuentren en situación de estancia o residencia legal o tengan en trámite una solicitud de protección internacional pendiente de resolución.”

Esto significa que mientras una persona tenga su solicitud de asilo en trámite, no podrá iniciar un procedimiento de arraigo laboral.

¿Cuándo se puede solicitar el arraigo entonces?

Para poder acceder al arraigo laboral, será necesario que:

  • La solicitud de protección internacional haya sido resuelta de forma expresa, y
  • Se haya dictado una resolución denegatoria firme.

Solo a partir de ese momento se podrá acreditar la situación administrativa necesaria para tramitar el arraigo, siempre que se cumplan el resto de requisitos (tiempo de permanencia, relaciones laborales, etc.).

¿Qué consecuencias tiene esto?

Este cambio ha generado inquietud y confusión entre muchas personas extranjeras, ya que:

  • Se retrasan los plazos para regularizar la situación, incluso para quienes ya estaban trabajando y cotizando.
  • Algunas personas se encuentran en un limbo jurídico, sin poder avanzar en su proceso de integración.

Es fundamental que cada persona revise su caso concreto y valore otras vías posibles de regularización, como el arraigo social, el arraigo por formación o incluso la reagrupación familiar.

¿Cómo puedo ayudarte?

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