Solicitan año y medio de prisión para los responsables de una residencia por acoso laboral a una empleada

La Fiscalía de Soria ha solicitado una pena de un año y medio de prisión para el exdirector de la Residencia Juvenil Juan Antonio Gaya Nuño, dependiente de la Junta de Castilla y León, y para la que fuera gobernanta del centro. Ambos están acusados de un delito contra la integridad moral por presuntamente ejercer ‘mobbing’ sobre una trabajadora, en base al artículo 173 del Código Penal, el cual sanciona el trato degradante que menoscabe gravemente la dignidad de una persona.

Además de la pena de cárcel, el Ministerio Fiscal reclama que los acusados indemnicen a la trabajadora con 12.000 euros. El juicio está programado para mañana en el Juzgado de lo Penal. Actualmente, ninguno de los acusados desempeña el cargo que ocupaban cuando ocurrieron los hechos en 2017.

Según el escrito de acusación, entre febrero de 2017 y abril de 2018, la cocinera del centro sufrió un trato vejatorio por parte de sus superiores. La Fiscalía sostiene que ambos, abusando de su posición de autoridad, le asignaron tareas que excedían sus funciones con el objetivo de presionarla y desacreditarla ante sus compañeros. Además, la sometieron a un escrutinio constante, elevando informes negativos sobre su desempeño, lo que le generó un estado de ansiedad y angustia. Como consecuencia de esta situación, la denunciante desarrolló un trastorno de reacciones a estrés graves y trastornos de adaptación, patologías que no padecía con anterioridad.

Los episodios denunciados ocurrieron en distintas ocasiones. En una de ellas, la cocinera informó a la gobernanta de que no había costillas en el almacén, aunque estaban previstas en el menú del día siguiente, lo que le impedía preparar la comida a tiempo. La respuesta que recibió fue una descalificación directa sobre su profesionalidad. Posteriormente, trasladó el problema al director, señalando que los pedidos de alimentos debían realizarse con suficiente antelación y que la falta de herramientas adecuadas, como cuchillos bien afilados, dificultaba la preparación de las comidas. Según la Fiscalía, estos hechos reflejan la imposición de responsabilidades que excedían sus competencias sin proporcionarle los medios necesarios para su desempeño.

Ante estas circunstancias, los cocineros del centro consultaron a la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de Castilla y León sobre quién debía recepcionar los productos de los proveedores. La respuesta fue clara: dicha función correspondía a la gobernanta, no a la cocinera.

Otro incidente ocurrió cuando el otro cocinero del centro solicitó un permiso médico el día de descanso de la denunciante. El director le indicó que debía cubrir el turno, pero ella manifestó que no podía. En respuesta, el director y la gobernanta acudieron a la cocina y le presentaron una nota interna con la comunicación del cambio de turno para que la firmara. La trabajadora sufrió un ataque de ansiedad y tuvo que ser trasladada a Urgencias, donde fue diagnosticada con una crisis de ansiedad. Posteriormente, estuvo de baja durante seis meses.

Tras este episodio, comenzaron a emitirse informes negativos sobre su conducta y desempeño laboral, primero por parte del director y luego de la gobernanta. Esto derivó en un expediente disciplinario por parte de la Junta de Castilla y León, que se saldó con una sanción de 12 días de suspensión de empleo y sueldo. La afectada recurrió esta decisión ante el Juzgado de lo Social, que finalmente falló a su favor y anuló la sanción impuesta.

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